NÚMEROS 35



Nm 35:1 Entonces habló Jehová a Moisés en las llanuras de Moab, cerca del Jordán, a la altura de Jericó, diciendo:

Nm 35:2 Manda a los hijos de Israel que den a los levitas, de la heredad de su posesión, ciudades en que habiten; también daréis a los levitas pastizales alrededor de sus ciudades.

Nm 35:3 Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los pastizales serán para sus reses, para su ganado y para todos sus animales.

Nm 35:4 Y los pastizales de las ciudades que daréis a los levitas serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.

Nm 35:5 Luego mediréis fuera de la ciudad al lado del oriente dos mil codos, al lado del sur dos mil codos, al lado del occidente dos mil codos y al lado del norte dos mil codos, y la ciudad estará en medio. Esto tendrán por pastizales de las ciudades.

Nm 35:6 Y las ciudades que daréis a los levitas serán las seis ciudades de refugio, las cuales daréis para que el homicida huya allá; y además de éstas les daréis cuarenta y dos ciudades.

Nm 35:7 Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades con sus pastizales.

Nm 35:8 Y en cuanto a las ciudades que deis de la posesión de los hijos de Israel, de la tribu más grande tomaréis más, y de la tribu más pequeña tomaréis menos; cada uno dará de sus ciudades a los levitas según la posesión que heredará.

Nm 35:9 Entonces habló Jehová a Moisés, diciendo:

Nm 35:10 Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando crucéis el Jordán a la tierra de Canaán,

Nm 35:11 os designaréis ciudades que serán para vosotros ciudades de refugio, donde huya el homicida que involuntariamente hiera a alguno de muerte.

Nm 35:12 Y os servirán aquellas ciudades como refugio del vengador, de modo que el homicida no muera sin haber comparecido a juicio delante de la asamblea.

Nm 35:13 Las ciudades que daréis serán vuestras seis ciudades de refugio.

Nm 35:14 Tres ciudades daréis al otro lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de refugio.

Nm 35:15 Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, para el extranjero y para el peregrino entre ellos, para que huya allá cualquiera que involuntariamente mate a una persona.

Nm 35:16 Pero si con instrumento de hierro lo hiere, y muere, homicida es; ciertamente se le dará muerte al homicida.

Nm 35:17 Y si lo hiere con piedra en la mano que pueda dar muerte, y muere, homicida es; ciertamente se le dará muerte al homicida.

Nm 35:18 O si lo hiere con objeto de madera en la mano que pueda dar muerte, y muere, homicida es; ciertamente se le dará muerte al homicida.

Nm 35:19 El mismo vengador de la sangre dará muerte al homicida; cuando lo encuentre, le dará muerte.

Nm 35:20 Y si por odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa mientras lo acechaba, y murió,

Nm 35:21 o por enemistad lo hirió con su mano, y murió, ciertamente se le dará muerte al que lo hirió; homicida es. El vengador de la sangre dará muerte al homicida cuando lo encuentre.

Nm 35:22 Mas si de repente lo empujó sin enemistad, o echó sobre él algún objeto sin haberlo acechado,

Nm 35:23 o bien, sin verlo hizo caer sobre él alguna piedra que pudo matarlo, y murió, y él no era su enemigo ni procuraba hacerle daño,

Nm 35:24 entonces la asamblea juzgará entre el homicida y el vengador de la sangre conforme a estas ordenanzas.

Nm 35:25 Y la asamblea librará al homicida de mano del vengador de la sangre, y la asamblea lo hará volver a su ciudad de refugio, a la cual había huido; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo.

Nm 35:26 Mas si el homicida en cualquier momento sale fuera de los límites de su ciudad de refugio, a la cual había huido,

Nm 35:27 y el vengador de la sangre le halla fuera del límite de su ciudad de refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no será culpable de sangre,

Nm 35:28 porque en su ciudad de refugio debía haber quedado aquél hasta que muriera el sumo sacerdote; pero después que haya muerto el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.

Nm 35:29 Estas cosas os serán por estatuto de derecho por vuestras generaciones, en todas vuestras moradas.

Nm 35:30 Cualquiera que dé muerte a alguno, por testimonio de testigos se le dará muerte al homicida; pero a ninguna persona se le dará muerte por el testimonio de un solo testigo.

Nm 35:31 Además, no aceptaréis rescate por la vida del homicida que es culpable de muerte, sino que ciertamente se le dará muerte.

Nm 35:32 Ni tampoco aceptaréis rescate por el que huyó a su ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en la tierra antes de que muera el sumo sacerdote.

Nm 35:33 Así no contaminaréis la tierra donde estáis, porque la sangre contamina la tierra. Y por la tierra no puede hacerse expiación respecto a la sangre derramada en ella, sino mediante la sangre del que la derramó.

Nm 35:34 Y no contaminaréis la tierra donde habitáis, en medio de la cual Yo fijo tabernáculo, porque Yo Jehová fijo tabernáculo en medio de los hijos de Israel.

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