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Dt 24:1 Cuando alguien toma una mujer y se casa con ella, si sucede que ella no halla favor ante los ojos de aquél, porque él ha encontrado en ella alguna cosa indecente y le escribe carta de divorcio, la pone en su mano y la despide de su casa;
Dt 24:2 y ella sale de su casa y va para ser mujer de otro hombre;
Dt 24:3 si sucede que este último marido la menosprecia, le escribe carta de divorcio, la pone en su mano y la despide de su casa, o si muere este último marido que la tomó por mujer,
Dt 24:4 su primer marido, el que la despidió, no podrá volver a ella y tomarla de nuevo para que sea su mujer después que fue mancillada; pues eso es abominación delante de Jehová, y no harás pecar a la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.
Dt 24:5 Cuando un hombre esté recién casado, no saldrá con el ejército, ni se le impondrá ninguna obligación; quedará libre en su casa por un año, y alegrará a la mujer que tomó.
Dt 24:6 Uno no tomará en prenda el molino de mano ni la muela de molino, porque ello sería tomar en prenda lo necesario para la vida misma.
Dt 24:7 Si se encuentra a un hombre que haya secuestrado a uno de sus hermanos entre los hijos de Israel, y lo haya tratado como esclavo o lo haya vendido, entonces ese secuestrador morirá. Así quitarás completamente el mal de en medio de ti.
Dt 24:8 En el caso de la lepra, ten cuidado de guardar diligentemente y hacer todo lo que os prescriban los sacerdotes levitas; según yo les he mandado, así cuidarás de hacer.
Dt 24:9 Acuérdate de lo que hizo Jehová tu Dios con Miriam en el camino, después que salisteis de Egipto.
Dt 24:10 Cuando entregues a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle la prenda.
Dt 24:11 Te quedarás fuera, y el hombre a quien prestas te sacará la prenda.
Dt 24:12 Y si el hombre es pobre, no dormirás reteniendo su prenda.
Dt 24:13 Debes devolverle la prenda cuando el sol se ponga, para que pueda dormir con su ropa y te bendiga; y te será contado por justicia delante de Jehová tu Dios.
Dt 24:14 No oprimirás al jornalero pobre y menesteroso, ya sea de tus hermanos o de los peregrinos que están contigo, que están en tu tierra dentro de tus ciudades.
Dt 24:15 En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo (porque es pobre y su vida depende de él); no sea que clame contra ti a Jehová, y haya en ti pecado.
Dt 24:16 No se les dará muerte a los padres por causa de sus hijos, ni a los hijos por causa de sus padres; se le dará muerte a cada hombre según su propio pecado.
Dt 24:17 No torcerás el derecho que merece el peregrino o el huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda,
Dt 24:18 sino que te acordarás que fuiste esclavo en Egipto, y que de allí te rescató Jehová tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.
Dt 24:19 Cuando siegues tu mies en tu campo y olvides alguna gavilla en el campo, no volverás para recogerla; será para el peregrino, el huérfano y la viuda, a fin de que te bendiga Jehová tu Dios en todo lo que emprendas.
Dt 24:20 Cuando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas después; serán para el peregrino, el huérfano y la viuda.
Dt 24:21 Cuando vendimies tu viña, no harás rebusco después; será para el peregrino, el huérfano y la viuda.
Dt 24:22 Y te acordarás que fuiste esclavo en tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.
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